Estaban previstos en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. Se puede aplicar a los créditos concedidos desde el 18 de marzo hasta un límite de 1,5 millones de euros y se reserva el 50% de su dotación para garantizar los préstamos a autónomos y pymes. También se ha duplicado la línea específica ya existente para el sector turístico.
Con esta Línea, el ICO garantizará los nuevos préstamos y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender al pago de salarios, facturas, necesidad de circulante u otras necesidades de liquidez, incluyendo los vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
Quedan excluidas las unificaciones y reestructuraciones de préstamos, así como la cancelación o amortización anticipada de deudas preexistentes.
Las entidades financieras deberán mantener abiertas las líneas de circulante de sus clientes hasta el 30 de septiembre y deberán transferir a sus clientes el beneficio derivado del aval público, en forma de menores intereses o mayor plazo, entre otras opciones. Además, no podrán condicionar la aprobación de los préstamos a la contratación por parte del cliente de ningún otro servicio o producto.
Los avales concedidos por el ICO cubrirán el importe principal del préstamo impagado por el cliente, excluidos otros conceptos, como los intereses ordinarios o de demora.
Una vez se haya utilizado este primer tramo de la Línea de Avales, el Gobierno habilitará un nuevo tramo, cuyas condiciones se detallarán en su momento, para garantizar que la liquidez sigue fluyendo de forma adecuada hacia las empresas.
Más información: https://www.ico.es/web/ico/linea-avales
Si necesitas asistencia:
delera@delera.eu / 679 19 18 74 (Miguel Martínez) / 618 52 92 66 (Pilar Villellas)
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